Cómo funciona la Propuesta 36 para el desvío de drogas en California

La ley de desviación de la Proposición 36 de 2024 de California se llama “Ley de reducción de la falta de vivienda, la adicción a las drogas y el robo” e hizo cambios significativos en las leyes de drogas y robo de California. 

Esta ley otorga a los fiscales la facultad discrecional de imputar delitos relacionados con las drogas que anteriormente se habrían considerado delitos menores, como "delitos graves que requieren tratamiento obligatorio".

Esta publicación explica cómo funciona la ley Proposición 36 actualizada con respecto a la posesión ilegal de drogas y qué esperar si se le acusa.

¿Qué es la Proposición 36 de 2024 para la Ley de Reducción de la Falta de Vivienda, la Adicción a las Drogas y el Robo?


La Proposición 36 de 2024 creó una nueva delito grave llamado un “delito grave con tratamiento obligatorio” para personas con dos o más condenas previas por ciertos delitos de drogas que sean sorprendidas en posesión de drogas duras, incluso si las condenas previas fueron delitos menores y el delito actual es posesión simple.

Si la persona acepta el tratamiento y completa con éxito su programa de tratamiento individualizado, el caso se desestima y el arresto queda sellado. Si no lo aprueba o se niega a recibirlo, podría enfrentar hasta tres años de cárcel y posible pena de prisión por infracciones posteriores.

A pesar de su nombre, esta ley no crea ningún servicio. Tampoco aborda la falta de vivienda ni las adicciones.

¿Hay más de una Proposición 36 en California?


Sí. Aquí encontrará la información que necesita sobre la historia de la Proposición 36 en California para comprender la nueva Proposición 36 de 2024.

2000 – Se aprueba la Proposición 36, la Ley de Prevención del Abuso de Sustancias y del Delito.

Esta ley establecía que a las personas condenadas por posesión de drogas (un delito grave no violento) se les debía dar la oportunidad de recibir tratamiento antes de ser sentenciadas a prisión.

2014 – Se aprueba la Proposición 47, la Ley de Vecindarios y Escuelas Seguras. 

Esta Ley:

• Recategorizó algunos delitos simples no violentos de posesión de drogas como delitos menores en lugar de delitos graves.
• Redujo la población carcelaria de California.
• Le ahorró a California 816 millones de dólares.
• Otorgó a los tribunales la capacidad de reorientar a los acusados ​​hacia programas escolares, programas de servicios para víctimas, programas de salud mental y programas de tratamiento de adicciones.

2024 – Se aprueba la Proposición 36, Ley para la Reducción de la Falta de Vivienda, la Drogadicción y el Robo.

Esta ley crea un nuevo delito relacionado con las drogas llamado “delito con tratamiento obligatorio”.

¿Qué es un “delito grave con tratamiento obligatorio” en California?


Un delito grave que exige tratamiento es una nueva definición que se encuentra en la Sección 11395 del Código Penal.

Según esta nueva definición, es un delito poseer una “droga dura” en California si el poseedor ya ha tenido dos o más condenas por un delito específico relacionado con drogas, incluso si esas dos condenas fueron condenas por delitos menores.

A una persona acusada de un delito grave con tratamiento obligatorio se le ofrece tratamiento. Pero si no lo recibe o lo rechaza, se enfrenta a tres años de cárcel. Cualquier condena adicional bajo esta sección resultará en prisión.

¿Qué significa la desviación de drogas antes del juicio para la Proposición 36?


En la desviación previa al juicio:

1. El acusado no admite ningún cargo.
2. El acusado no renuncia a su derecho a juicio.
3. El acusado busca tratamiento por drogas con un programa calificado.
4. Si el acusado completa con éxito el programa, su caso será desestimado. 
5. El arresto luego queda sellado, lo que significa que la ley trata el arresto como si "nunca hubiera sucedido".

¿Existe todavía la antigua Proposición 36 en California?


Sí. La antigua Proposición 36, la Ley de Prevención del Abuso de Sustancias y el Crimen del año 2000, sigue vigente y está codificada en la Sección 1210.1 del Código Penal de California. Siempre que su delito sea el mismo y usted cumpla con los requisitos de elegibilidad, técnicamente aún puede ser sentenciado bajo esta sección del Código Penal.  

Sin embargo, antes de la antigua Proposición 36, se utilizaban con mayor frecuencia otras opciones de desvío. Esta última solo se aplicaba a delitos no violentos de posesión de drogas y a infractores no violentos. La mayoría de los delitos a los que se aplicaba anteriormente se redujeron a delitos menores en 2014, y la Proposición 36 solo se aplica a delitos graves.

¿Las nuevas disposiciones de la Proposición 36 de 2024 cambiarán el trato que usted recibe?


Improbable.

Si bien la nueva ley, la Ley para la Reducción de la Indigencia, la Drogadicción y el Robo, no asignó nuevos fondos, Medi-Cal suele utilizarse para financiar el tratamiento residencial, el tratamiento ambulatorio y la terapia, según una evaluación individualizada. El motivo del tratamiento es irrelevante.

¿Qué se considera una “droga dura” según la Proposición 36?


Una “droga dura” sería cualquier droga incluida en las secciones 11054 o 11055 del Código de Salud y Seguridad, e incluye:

• Fentanilo
• Heroína
• Cocaína
• Cocaína crack
• Metanfetamina
• PCP

Esta lista excluye:

• Cannabis
•Peyote
• LSD
• Mescalina
• Psilocibina

También excluye las drogas enumeradas en la sección 11054 (alucinógenos y depresores, incluido el GHB). También excluye las sustancias enumeradas en la sección 11055(D), excepto la metanfetamina.

¿Qué antecedentes cuentan para la Proposición 36?


• HSC 11350 – Posesión Ilícita de Sustancias Controladas. Esta sección incluye lo que consideramos «opiáceos» o «narcóticos», incluyendo, entre otros, opiáceos como el fentanilo y la heroína. 
• HSC 11351.5 – Posesión de “crack” con intención de distribuir. 
• HSC 11353 – Ley contra el Tráfico de Drogas Juvenil y los Patios Escolares, dirigida a individuos que venden drogas a menores.
• HSC 11343.7 – Posesión de más de 28.5 gramos de cannabis. 
• HSC 11377 – Posesión de metanfetamina. 
• HSC 11378.5 – Posesión de PCP. 
• HSC 11379.5 – Transporte o venta de PCP. 
• HSC 11380 – Tráfico de heroína, cocaína, base de cocaína, metanfetaminas o PCP. 
• HSC 11351 – Posesión de una sustancia controlada con la intención de venderla. 
• HSC 11352 – Transporte o venta de sustancias controladas. 
• HSC 11353.5 – Preparar drogas para la venta en las instalaciones escolares. 
• HSC 11370.1 – Posesión de una sustancia controlada mientras está armado. 
• HSC 11378 – Posesión de metanfetamina con intención de vender. 
• HSC 11379 – Transporte o venta de metanfetamina 
• HSC 11379.6 – Fabricación o creación de sustancias controladas.
• HSC 11395 – Condena por delito grave con tratamiento obligatorio.

¿Cuándo se “eliminan” o dejan de contar los antecedentes para la Proposición 36?


Los antecedentes no se “eliminan” ni dejan de contar para la Proposición 36.

Esto significa que si usted fue condenado por dos cargos de posesión simple de heroína en 1985, todavía podría enfrentar un cargo por delito grave según el artículo 11395 hoy, incluso si nunca fue arrestado nuevamente en el período intermedio de 40 años.

¿Qué debo hacer para aprobar mi programa de tratamiento de drogas bajo un delito grave sujeto a tratamiento obligatorio según la Proposición 36 en California?


1. Declararse culpable o no impugnar la infracción.
2. Admitir todas las condenas previas.
3. Condonar el plazo para dictar sentencia.
4. Aceptar participar en un programa de tratamiento de drogas aprobado por el tribunal.
5. Participar en una evaluación de elegibilidad para beneficios públicos, incluido Medi-Cal.
6. Participar en una evaluación de abuso de sustancias y salud mental.
7. Consulte con el tribunal periódicamente para que éste pueda seguir el progreso.

Un programa de tratamiento puede incluir:

• Tratamiento farmacológico
• Tratamiento de salud mental
• Capacitación laboral

Los jueces tienen la capacidad creativa de adaptar el programa a las necesidades de cada individuo. Un experto en drogodependencias también colabora con el tribunal para elaborar un plan de tratamiento.

¿Qué sucede si completo con éxito el tratamiento bajo el programa de desviación de medicamentos con entrada diferida de juicio de la Proposición 36?


1. El arresto se trata como si nunca hubiera ocurrido.
2. Su declaración de culpabilidad o no concurso no cuenta como una condena para ningún propósito. 
3. Eres libre de irte. No estarás en libertad condicional ni bajo palabra.

¿Qué sucede si no cumplo con los requisitos de un delito grave que requiere tratamiento según la Proposición 36?


Si el tribunal, el departamento de libertad condicional o el fiscal cree en alguna de las siguientes situaciones, pueden pedirle al juez que dicte sentencia en su contra y comience el proceso de sentencia:

• No estás teniendo un desempeño satisfactorio. 
• No se está beneficiando del tratamiento.
• Usted rechazó el tratamiento.
• Se le ha acusado de un nuevo delito.

Presentarán una moción y se celebrará una audiencia. 

El juez podrá:

1. Condenarlo a libertad condicional, a prisión o a tiempo en la cárcel.
2. Volver a derivarlo al tratamiento.

La decisión del juez de sentenciarlo o remitirlo a tratamiento dependerá de la situación. Si lo condenan por un nuevo delito, recibirá la sentencia. Si el juez considera que una remisión es más justa y usted acepta, esta podría ser una opción.

¿Qué sucede si me acusan de un nuevo delito durante el programa de tratamiento de la Proposición 36?


Depende. El juez determinará la gravedad de la infracción y la respuesta adecuada.

Podría enfrentar una sentencia formal por el delito grave, incluyendo una pena de prisión. Esto significaría que se dictaría sentencia y sería condenado formalmente por el delito. Tendría un delito grave en sus antecedentes y se enfrentaría a una pena de prisión, un período de libertad condicional formal o una combinación de ambos. 

O bien, el tribunal podría darle otra oportunidad de tratamiento.

¿Cuáles son las posibles consecuencias de una recaída durante un programa de tratamiento obligatorio según la Proposición 36?


1. El juez podrá dictar sentencia en su contra.
2. Usted puede ser sentenciado.
3. Podrás cumplir una pena de prisión o de cárcel.
4. El juez puede optar por darle otra oportunidad de tratamiento.

¿Cómo monitorean los tribunales el progreso durante el programa Prop 36?


1. Controles regulares en el tribunal.
2. Informes presentados por los agentes de libertad condicional o por el programa de tratamiento.

Tenga en cuenta que cada condado tendrá un sistema diferente y podría operar de forma distinta. Cada condado puede establecer sus propios procesos e intervalos de registro. 

Los cambios de la Proposición 36 son recientes. Es difícil predecir cómo se desarrollarán en cada caso o condado. Esto es lo que sabemos sobre el condado de Nevada.

En el condado de Nevada, el tribunal ordena una evaluación. Se le evaluará para determinar si cumple con los requisitos para recibir beneficios, incluyendo Medi-Cal, así como cualquier trastorno por consumo de sustancias o problema de salud mental. Esta evaluación constituye la base de su plan de tratamiento.

Una vez que tenga un plan de tratamiento, firmará un documento en el que acepta tres cosas: se compromete a seguir el plan, renuncia a su derecho a juicio y acepta que una violación implica que se dicte sentencia y se le imponga una pena en función de su declaración de culpabilidad.

El tribunal le realiza un seguimiento una vez al mes al principio, y luego a intervalos más largos durante un máximo de dos años. En cada fecha de comparecencia, el tribunal escucha a tres fuentes:

• Su proveedor de tratamiento
• El Departamento de Libertad Condicional del Condado de Nevada
• Tú

Si completas un año sin infracciones, podrás solicitar la baja anticipada del programa.

¿Cuánto dura el Programa de Tratamiento Obligatorio para Delitos Graves de la Proposición 36?


La ley no establece un límite. Es probable que cada condado elabore sus propias directrices, y cada tribunal podría organizar su programa de manera diferente.

En el condado de Nevada, el programa dura hasta dos años. Si su desempeño es bueno, puede solicitar la baja después de un año.

¿Participar en un programa Prop 36 afecta mi capacidad de poseer un arma de fuego?


Puede.

Se declarará culpable de un delito grave con una sentencia que aún no se ha impuesto. Si no lo hace, será condenado oficialmente por un delito grave y no podrá... tener un arma de fuego en el futuro.

Si tiene éxito, aún no está claro si podrá poseer un arma de fuego legalmente. En California, las personas con adicciones no pueden poseer armas de fuego. Si ha sufrido dos condenas previas por drogas y se enfrenta a un proceso judicial bajo la sección 11395, la fiscalía podría presentar un argumento sólido de que usted es un adicto. En ese caso, perderá la posibilidad de poseer un arma de fuego en el estado de California. 

Deberías consultar con un abogado sobre tu caso particular.

¿Puedo cambiar de proveedor de tratamiento durante un programa de tratamiento Prop 36?


Posiblemente.

Los proveedores de tratamiento están desbordados en todo el estado. Este proyecto de ley no creó nuevos fondos para ningún tratamiento.

Por lo tanto, no hay incentivos para que los proveedores de tratamiento interactúen con las personas. Solo pueden contar con Medi-Cal o el reembolso del seguro. Por ejemplo, redactar informes para el tribunal no conlleva ninguna compensación adicional.

Como resultado, si ha encontrado un programa de tratamiento que le acepta, es posible que no pueda darse el lujo de abandonarlo. Intentarlo podría incluso interpretarse como rechazar el tratamiento o no beneficiarse del mismo.

Recuerda, por mucho que no te guste tu programa de tratamiento, no es una prisión. Haz todo lo posible por colaborar con tu proveedor.

¿Qué debo hacer si sufro una recaída mientras estoy en el programa de tratamiento obligatorio Proposición 36?


Llame a su abogado inmediatamente.

Ya estás en una mala situación y necesitarán trabajar contigo para obtener el mejor resultado posible.

¿Existen recursos para los familiares de las personas que participan en el programa Prop 36?


La Proposición 36 en sí no exige ningún tipo de apoyo familiar. Sin embargo:

1. Algunos programas de tratamiento enfatizan el apoyo familiar, ofreciendo asesoramiento familiar, apoyo a los padres y recursos. 
2. Otros programas de apoyo, como Nar-Anon y Recuperación SMARTExisten. Están diseñados especialmente para familiares de adictos.  Haga clic aquí para obtener una lista completa de recursos.

¿Una entrada diferida de sentencia por un delito grave que requiere tratamiento obligatorio según la Proposición 36 afecta mi capacidad de viajar fuera del estado?


Posiblemente.

Estará bajo supervisión por delitos graves. Deberá presentarse periódicamente ante el tribunal, los proveedores de tratamiento y un agente de libertad condicional.

Por lo tanto, si bien técnicamente no se le prohíba viajar fuera del estado, es posible que no le sea posible hacerlo.

Siempre es mejor evitar la comunicación. Si sabe que necesita viajar fuera del estado, comuníquese de inmediato con su abogado para que haga todo lo posible por obtener la autorización del viaje ante el juez, el agente de libertad condicional o el proveedor de tratamiento.

¿Tendré que lidiar con pruebas de drogas regulares como parte de mi delito grave sujeto a tratamiento obligatorio según la Proposición 36?


Sí.

Las pruebas de drogas regulares serán parte de cualquier programa.

Dado que no hay financiación estatal para este grupo de tratamiento, no está claro quién es responsable de financiar estas pruebas. Sin embargo, se prevén requisitos de pruebas de drogas aleatorias, y es recomendable planificar para ello.

¿Existen otros tipos de programas de desvío en California?


Sí, dos sobre los que hemos escrito son desviación de salud mental y Tribunal de desviación militar/de veteranos.

Estudio de caso de la Proposición 36 sobre el desvío de medicamentos: Una segunda oportunidad después de dos décadas

Este cliente solo había conocido un desenlace: la cárcel.

Fue condenado por un delito grave a los 19 años. A partir de entonces, pasó dos décadas entrando y saliendo de prisión, gran parte de ellas adicto a la metanfetamina. Las condenas no fueron violentas, pero ese antecedente penal implicaba sentencias más severas cada vez que volvía a entrar en prisión.

Cuando nos hicimos cargo de su caso, fue sincero con nosotros. Las drogas habían sido el problema desde el principio, y estaba dispuesto a probar algo diferente.

Dado que el programa de desvío de medicamentos está disponible para personas con antecedentes penales, ingresó en un programa de tratamiento en lugar de recibir otra condena de prisión. Estaba realmente entusiasmado con la oportunidad.

Hoy está en libertad y profundamente comprometido con su recuperación. Está trabajando para cumplir su sueño de obtener la certificación de bombero.

¿Acusado de un delito de drogas en California?

Si usted ha sido acusado de posesión de drogas u otros delitos relacionados con drogasLlene nuestro formulario de contacto o llame al Grupo de Defensa de Cohen al (530) 823-7700 para llegar a nuestras oficinas en Auburn, Roseville, Truckee o Nevada City, CA.

Necesita un abogado defensor penal con experiencia en delitos de drogas.

Podemos ayudarle a defender los cargos y a comprender sus derechos y responsabilidades bajo cualquier programa de desvío.

Acerca de Sarah Einhorn

Sarah Einhorn, foto de rostroSarah Einhorn Se unió al Grupo de Defensa Cohen tras comenzar su carrera legal en la Oficina del Defensor Público del Condado de Alameda. Con años de experiencia como abogada litigante especializada en delitos graves, Sarah es una litigante experta que obtiene excelentes resultados en casos que abarcan desde conducir bajo los efectos del alcohol hasta delitos graves. Sarah también es un miembro invaluable de nuestro equipo de Delincuencia Juvenil, donde aporta sus considerables habilidades para ayudar a niños y familias atrapados en el sistema de justicia juvenil.


El grupo de defensa de Cohen obtiene resultados